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Seguro de Salud Complementario

Seguro de Salud Complementario

Asegura tu acceso a la salud con beneficios para ti.

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Cobertura Plan Full

Tendrás todo lo necesario cubierto: Gastos ambulatorios, hospitalarios, maternidad para titular o pareja, salud mental y además, brinda reembolso adicional en cristales y lentes de contacto, cirugía por obesidad y más sin necesidad de que reembolse Isapre o Fonasa.

  • Plan Full Reembolso 70%.

  • Plan Full Reembolso 50%.


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Cobertura Plan Ambulatorio

Cubre gastos ambulatorios referente a consultas médicas, exámenes, cirugías ambulatorias y más.

  • Plan Ambulatorio Reembolso 70%

  • Plan Ambulatorio Reembolso 50%


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Coberturas con las que contarás

  • Gastos ambulatorios: Consultas médicas, cirugías ambulatorias, exámenes de laboratorio e imagenología ambulatorios, procedimientos de diagnóstico y quirúrgicos.

  • Gastos hospitalarios: Día de cama medicina, servicios hospitalarios, honorarios médicos y ambulancia terrestre.

  • Salud mental: Consultas psicológicas y de psiquiatría.

  • Futura maternidad: Si quedas embarazada luego de contratar tu seguro, este te cubrirá parto normal, cesárea y aborto no provocado. Si eres hombre, esta cobertura regirá a tu cónyuge o pareja.


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¿Cómo puedo reembolsar mis gastos médicos?

  • Este seguro operará con cobertura vía huella I-MED para Consultas Médicas y exámenes sin límite, con el tope máximo de cobertura por evento definido en el plan.

  • En el caso que no funcione la huella I-MED, debes solicitar el reembolso a través del portal de clientes de MetLife en portaldeclientes.metlife.cl y adjuntar los siguientes antecedentes: 1) Formulario de Reembolso de Gastos Médicos proporcionado por la Compañía Aseguradora, debidamente llenando. 2) Informe Médico Tratante llenado de manera completa. 3) Bonos y/o reembolsos originales emitidos por la institución de salud, ya sea Isapre o Fonasa. 4) Para gastos no cubiertos por el sistema de salud y que cuenten con cobertura de este seguro, según lo establecido en los Beneficios Adicionales del cuadro de cobertura

  • El asegurado deberá presentar el comprobante del gasto original, con timbre “No Bonificable” otorgado por la institución de salud.


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